Régimen simplificado en TRIBU-CR: formularios 104, 105 y 153
Revisada el · Lectura para contadores de Costa Rica
En resumen
El régimen simplificado declara cada trimestre en TRIBU-CR: renta con el Formulario 104 (persona física) o 105 (persona jurídica) e IVA con el 153, que antes iban juntos. El impuesto se calcula multiplicando las compras del trimestre por el factor de la actividad, que fija Hacienda y se consulta en TRIBU-CR.
Qué es
El Régimen de Tributación Simplificada es un régimen voluntario para pequeños contribuyentes, personas físicas o jurídicas con actividades que la ley permite. En lugar de declarar ventas y compras como el régimen general, el impuesto se calcula sobre las compras del trimestre.
Los formularios en TRIBU-CR
Antes, renta e IVA del régimen simplificado iban en una sola declaración trimestral. En TRIBU-CR se separaron en tres formularios:
| Formulario | Impuesto | Quién |
|---|---|---|
| 104 | Impuesto sobre las utilidades | Persona física |
| 105 | Impuesto sobre las utilidades | Persona jurídica |
| 153 | IVA del régimen simplificado | Ambas |
Los tres son trimestrales.
Cómo se calcula
- Se suman las compras del trimestre, con el IVA incluido, según lo que la norma pide incluir para cada actividad.
- Esa base se multiplica por el factor de la actividad. Hay un factor para renta y otro para el IVA, que en el 153 se desglosa por tarifa.
- En la renta de la persona física, se restan las retenciones del 2 % que le hayan practicado.
El factor lo fija Hacienda por actividad y lo muestra TRIBU-CR. No se adivina ni se copia de una tabla vieja: la reforma al reglamento del régimen (vigente desde octubre de 2025) ajustó cómo se clasifican las actividades y qué entra en la base.
Cuándo vence
Cada trimestre, en el mes siguiente a su cierre. Confirme la fecha exacta de cada período en el calendario de TRIBU-CR: en la transición al sistema nuevo se han publicado prórrogas por resolución.
Cómo lo lleva PuraConta
Una empresa del régimen simplificado tiene su calendario trimestral con los formularios 104, 105 y 153. El despacho copia una vez el factor de cada actividad desde TRIBU-CR —el sistema no lo inventa—, y desde ahí la base sale de las compras ya registradas del trimestre y el cálculo de cada formulario queda armado para revisar.