Saltar al contenido

Régimen simplificado en TRIBU-CR: formularios 104, 105 y 153

Revisada el · Lectura para contadores de Costa Rica

En resumen

El régimen simplificado declara cada trimestre en TRIBU-CR: renta con el Formulario 104 (persona física) o 105 (persona jurídica) e IVA con el 153, que antes iban juntos. El impuesto se calcula multiplicando las compras del trimestre por el factor de la actividad, que fija Hacienda y se consulta en TRIBU-CR.

Qué es

El Régimen de Tributación Simplificada es un régimen voluntario para pequeños contribuyentes, personas físicas o jurídicas con actividades que la ley permite. En lugar de declarar ventas y compras como el régimen general, el impuesto se calcula sobre las compras del trimestre.

Los formularios en TRIBU-CR

Antes, renta e IVA del régimen simplificado iban en una sola declaración trimestral. En TRIBU-CR se separaron en tres formularios:

Formulario Impuesto Quién
104 Impuesto sobre las utilidades Persona física
105 Impuesto sobre las utilidades Persona jurídica
153 IVA del régimen simplificado Ambas

Los tres son trimestrales.

Cómo se calcula

  1. Se suman las compras del trimestre, con el IVA incluido, según lo que la norma pide incluir para cada actividad.
  2. Esa base se multiplica por el factor de la actividad. Hay un factor para renta y otro para el IVA, que en el 153 se desglosa por tarifa.
  3. En la renta de la persona física, se restan las retenciones del 2 % que le hayan practicado.

El factor lo fija Hacienda por actividad y lo muestra TRIBU-CR. No se adivina ni se copia de una tabla vieja: la reforma al reglamento del régimen (vigente desde octubre de 2025) ajustó cómo se clasifican las actividades y qué entra en la base.

Cuándo vence

Cada trimestre, en el mes siguiente a su cierre. Confirme la fecha exacta de cada período en el calendario de TRIBU-CR: en la transición al sistema nuevo se han publicado prórrogas por resolución.

Cómo lo lleva PuraConta

Una empresa del régimen simplificado tiene su calendario trimestral con los formularios 104, 105 y 153. El despacho copia una vez el factor de cada actividad desde TRIBU-CR —el sistema no lo inventa—, y desde ahí la base sale de las compras ya registradas del trimestre y el cálculo de cada formulario queda armado para revisar.